martes, 12 de julio de 2011

Leer, muy importante!

REGLAMENTO DEL PLENARIO

1) (Definición) El Plenario será el órgano ordinario de discusión y toma de decisiones del CEDEP en la cual podrán participar con voz y voto todos los estudiantes de la Escuela de Parteras.

A- Llamaremos plenario ordinario a aquel que se efectuará de forma periódica.

B- Definiremos plenario extraordinario aquel que puede ser convocado por cualquier integrante del orden estudiantil cuando se considere necesario.

Para que el plenario extraordinario tenga quorum, se deberá contar con el 60% de los involucrados.

2) (Convocatoria) Las formas de convocatoria al Plenario podrán ser:

a)- Por decisión unánime por cualquiera de los grupos o por cualquiera de los estudiantes de la Escuela de Parteras (plenario extraordinario).

b)- Por fecha establecida en el plenario anterior (plenario ordinario).

En cualquiera de los dos casos, dicha convocatoria deberá realizarse con un mínimo de 48 horas de anticipación. Cualquier estudiante que desee convocar a Plenario, deberá comunicarse con el grupo de propaganda para que este lo difunda.

3) Para sesionar un plenario ordinario se necesitará un mínimo de 7 integrantes que conforman los grupos de trabajo.

4) (del Funcionamiento) El Plenario funcionará con un orden del día cuya confección estará a cargo de los grupos de plenario (grupos). El orden del día se cerrará y será publicado 48 horas antes de la fecha en que este citado el Plenario y será responsabilidad del “GRUPO DE PROPAGANDA” del Plenario su difusión, junto con la citación a la reunión, por todos los medios que estén a su alcance. Al comenzar la sesión cualquier participante del Plenario podrá plantear temas como previos. Para que estos se incorporen al orden del día se requerirá del voto de 2/3 de los presentes. Luego de los previos, “GRUPO ORGANIZACIÓN” presentará las actas de la reunión anterior del Plenario para su aprobación. El ordenamiento de los puntos del orden del día podrá ser alterado en cualquier momento, por mayoría simple del Plenario. En este caso se dará lugar a una argumentación por la positiva y una por la negativa (en ese orden).

5) Corresponde al Plenario en general:

a) Temas cotidianos del gremio y de la participación de éste en el Cogobierno Universitario, en la FEUU y el quehacer Universitario en general

b) La discusión y toma de posición ante aquellos temas que se planteen en su seno, derivando a la Asamblea General Estudiantil los temas que lo ameriten. Asimismo podrá derivar a la Comisión Directiva, Asamblea General del Claustro o grupos de trabajo respectivos, aquellos asuntos que entienda necesarios.

c) Mandatar a los Delegados al Cogobierno Universitario y a los delegados al Consejo Federal de la FEUU, estableciendo el grado de autonomía con que éstos pueden manejarse.

d) Solicitar informes a los diferentes grupos de Plenario, a integrantes de Comisión Directiva y Asamblea General del Claustro, distintos Delegados Estudiantiles e integrantes de Comisión de Coordinación Curricular y Comisión de Coordinación de Cursos, sobre lo que se considere necesario; pudiendo realizar todas las observaciones que se entendieran pertinentes respecto a la forma o al contenido.

e) Autorizar a “GRUPO DE FINANZAS” la entrega a los grupos de Plenario sumas de dinero fijadas en éste mismo acto para su funcionamiento y concreción de actividades específicas, previo informe de disponibilidad por parte del “GRUPO DE FINANZAS”. Los grupos de Plenario citados deberán rendir cuentas al “GRUPO DE FINANZAS”, quien llevará su contabilidad y mantendrá informado al Plenario al respecto.

f) Observar que las resoluciones tomadas en las Asambleas Generales estén en el marco de una visión global del Centro de Estudiantes (CEDEP) y los intereses del conjunto del estudiantado que éste defiende; pudiendo, si así lo considerase, cuestionar las mismas. Para esto será necesaria una mayoría de 2/3 de los presentes en la sesión (plenario). En este caso se convocará a la próxima sesión del Plenario a los asistentes a dicha Asamblea y en particular a los que la convocaron, para explicar los motivos del cuestionamiento y tomar una resolución definitiva al respecto. Para cambiar la resolución de una Asamblea General se requerirá de 2/3 de los presentes en la sesión. En el tiempo que transcurra entre la realización de la Asamblea y el Plenario que la cuestione, quedará vigente la resolución tomada en Asamblea.

6) (Régimen de sesiones) El Plenario se reunirá por lo menos una vez cada 15 días en fecha y hora a convenir por sus participantes. Se propenderá a que la reunión del Plenario funcione en un día y hora fijo en la semana y será responsabilidad del “GRUPO DE PROPAGANDA” convocar por los medios a su disposición el día y hora conjuntamente con el orden del día. La duración del Plenario será de tres horas, pudiendo realizarse dos prórrogas de media hora.

7) (Quórum) Para el inicio de cada sesión del Plenario ordinario será necesaria la presencia de por lo menos 7 integrantes perteneciente a los grupos, además de 1 integrante de Comisión Directiva. El mismo quórum será necesario para votar resoluciones, salvo excepciones establecidas en este reglamento.

8) (Votación) Cada votación se realizará a mano alzada, correspondiendo el conteo de los votos y la fiscalización al “GRUPO DE ORGANIZACIÓN”, tomando para ello todas las medidas que considere necesarias.

9) (Dirección) La confección de actas estará a cargo del “GRUPO DE ORGANIZACIÓN”, la cual se organizará internamente para dar cumplimiento a tal cometido.

10) (Moderador) El moderador del plenario deberá ser alguno de los integrantes de los grupos a excepción del grupo de organización ya que este estará encargado de la confección de actas.

2 comentarios:

Rossina dijo...

Las felicito compañeras!

ibana costa dijo...

gracias compañera por el apoyo!!!